El Colegio de Abogados de Madrid, pionero en los turnos de oficio especializados en delitos de odio

Este año ha lanzado el primer Sello de Buenas Prácticas en Igualdad entre hombres y mujeres y el I Plan de Igualdad para el ejercicio de la abogacía
25/06/2019

En su compromiso con la igualdad y no discriminación, este año ha aprobado el I Plan de Igualdad para el ejercicio de la abogacía y ha lanzado el primer Sello de Buenas Prácticas en Igualdad entre hombres y mujeres, que distingue a Despachos y Departamentos Jurídicos de Empresa que mantengan una correcta relación en materia de igualdad con las letradas y los letrados que trabajen en el mismo.

 

El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid puso en marcha en 2016, de forma pionera en España, nuevos turnos de oficio especializados en la asistencia a colectivos cada vez más vulnerables: víctimas de trata de seres humanos, asistencia a víctimas de delitos de odio, víctimas con discapacidad objeto de abuso o maltrato y víctimas de discriminación por diversidad sexual y de género.

Mujeres en Igualdad ha mantenido un encuentro con su Vicedecana, Begoña Castro Jover, para conocer con detalle el compromiso del colegio a través de la Mesa de Trabajo permanente sobre discriminación y delitos de odio. A la reunión también asistió Dª Ángela Cerrillos, Diputada segunda de la Junta de Gobierno y presidenta de la Comisión Delegada de Igualdad, Diversidad e Inclusión, para detallarnos el contenido de su I Plan de Igualdad de Género; y Dª Marta García Palacios, directora de normativa. 

 

La Mesa de trabajo permanente sobre delitos de odio y discriminación se enmarca en el Turno de oficio y la justicia restaurativa. ¿Cómo surgió la idea? ¿Qué motivó su creación?

En primer lugar, me gustaría realizar una breve descripción del marco normativo para situarnos y justificar las acciones y medidas emprendidas por el Colegio de Abogados, hasta la fecha, con la finalidad de poder abordar el tratamiento que debemos proporcionar  al conjunto de colectivos que deben vivir en el espacio democrático:

- La Decisión Marco del Consejo de la Unión Europea, de 15 de marzo de 2001, relativa al Estatuto de las Víctimas en el Marco de los Procedimientos Penales: insta a los Estados Miembros a introducir la mediación en los procesos penales.

- Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2011, sobre derechos, apoyo y protección a las víctimas.

- Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas. 

En el ámbito nacional:

  • La Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima de Delitos. No solo responde a las exigencias de la Directiva 2012/29/UE sino que va más allá, ofreciendo una respuesta amplia desde el punto de vista no sólo jurídico sino también social para reparar el daño moral que se produce en el marco del proceso penal y minimizar, en la medida de lo posible, los efectos traumáticos derivados de su condición.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid:

  • Ley 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y No Discriminación. Tiene por objeto garantizar los derechos de las personas trans a recibir de la CAM una atención integral y adecuada a sus necesidades:
    • médicas
    • psicológicas 
    • jurídicas 
    • sociales
    • laborales
    • culturales 
    • del resto de derechos fundamentales que puedan ser reconocidos, en igualdad de trato con el resto de la ciudadanía.

  • Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por Razón de Orientación Sexual. Su objeto es regular los principios, medidas, instrumentos y procedimientos para garantizar el derecho de toda persona LGTBI a ser tratada en condiciones de igualdad, así como a una protección efectiva por parte de la Administración de la CAM en aquellos supuestos que sean víctimas de discriminación y delitos de odio.

El Colegio de Abogados de Madrid, en el marco de sus competencias, ha reaccionado rápidamente y se ha adaptado a este nuevo contexto normativo siendo pionero en la creación de Turnos de Víctimas.

El acceso a estos turnos requiere, por parte de los abogados y abogadas que van a prestar el servicio, una formación especializada, además de la necesaria sensibilización.

Asimismo, se ha creado el Servicio de Orientación Jurídica a Víctimas, cuya sede se encuentra en los juzgados de la calle Albarracín. Este servicio inició su andadura en el mes de febrero del año 2017 y durante ese año acudieron 550 ciudadanos para recibir asesoramiento. En el año 2018 se prestó asesoramiento a 781 ciudadanos y  se realizaron un total de 828 consultas, habiéndose tramitado 277 expedientes de asistencia jurídica gratuita, lo que supone un notable incremento del 174% respecto del ejercicio anterior.

En este contexto, y con el propósito de darle el mayor contenido posible al servicio, el Colegio de Abogados de Madrid constituyó dos Mesas de trabajo, una de trata de seres humanos y otra de discriminación y delitos de odio con la finalidad de obtener una perspectiva global, así como coordinarse con los distintos actores involucrados mediante la elaboración de un Protocolo de actuación. En dichas mesas participan las ONG, la Fiscalía, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los tres niveles de la Administración.

Objetivos:

  • Establecer un foro permanente en el que diferentes operadores jurídicos y sociales estudien la problemática y necesidades observadas en materia de protección y defensa a víctimas de trata y de delitos de odio y discriminación.
  • Elaborar protocolos de actuación, trabajando en red con todos los actores que intervienen en el proceso de detección, protección y defensa.
  • Poner el acento en la necesaria e imprescindible intervención de abogados especializados, conforme a la normativa nacional e internacional, desde el inicio del proceso, para garantizar el respeto efectivo de todos los derechos de las víctimas.

Por otro lado, el artículo 15 del Estatuto de la Víctima prevé la implantación de servicios de justicia restaurativa con el objetivo de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito cuando se cumplan una serie de requisitos. La justicia restaurativa (según los principios básicos  sobre la utilización de programas de Justicia Restaurativa en Materia Penal 2002) se define como: “Cualquier proceso en el cual  la víctima y el  ofensor, y cuando es apropiado otras personas o miembros de  sus comunidades afectados por el delito, participan juntos activamente en la resolución de los problemas generados por el delito cometido, generalmente con la ayuda de un facilitador”.

En España, la justicia restaurativa se reduce prácticamente a la mediación penal, donde los protagonistas son la víctima y el victimario, siendo esta una de las principales diferencias con el resto de las prácticas restaurativas en las que se concede mayor protagonismo a la comunidad.

El Centro de Resolución de Conflictos del Colegio de Abogados de Madrid mediaICAM, (institución de mediación inscrita en el Registro de Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia), ha puesto en funcionamiento  un proyecto piloto para apoyar al colectivo LGTB, ofreciendo un espacio de asistencia e información, resolución de conflictos y formación, preocupados por los datos obtenidos a través del informe de delitos de odio en España del Ministerio del Interior, que reflejaban un incremento de un 36,1% en las agresiones e incidentes relativos a la orientación o identidad sexual. Es el mayor junto con los incidentes de discriminación por motivo de sexo o género. Se sigue además el ejemplo de países de nuestro entorno en el que ya se ha implementado la Justicia Restaurativa para gestionar conflictos con componente discriminatorio y que están dando resultados satisfactorios tanto en Irlanda como en Inglaterra.

No quiero dejar de mencionar que, desde el servicio de orientación jurídica penitenciaria, se promueve derivar al proceso de mediación la gestión de aquellos conflictos que se producen entre los presos y, en especial, los que surgen entre los presos que se encuentran en primer grado penitenciario, cuyo resultado está siendo satisfactorio.

Siendo conscientes, por tanto, de que la mediación es el instrumento idóneo al tratarse de un sistema de resolución de conflictos basado en el diálogo entre las partes que buscan sus propias soluciones asistidas por un mediador y que puede operar con carácter previo a la interposición de una demanda ante los tribunales o, posteriormente, durante el  procedimiento (mediación intrajudicial), constituye una herramienta para la gestión de la convivencia, para la reparación de daños causados, reconocimiento de las víctimas y la restauración de las relaciones.

El Colegio contribuye de esta forma a la lucha por el fomento de la paz que, conforme a lo que establece el preámbulo de la Ley 27/2005, de 30 de noviembre, de fomento de la educación y la cultura de la paz: “… se tiene que implantar a través de potenciar la educación para la paz, la no-violencia y los derechos humanos, a través de la promoción de la investigación para la paz, a través de la eliminación de la intolerancia, a través de la promoción del diálogo y de la no-violencia como práctica a generalizar en la gestión y transformación de los conflictos”.

Por todo ello, estamos convencidos de que todas estas acciones son necesarias para la construcción de un espacio social donde las diferencias y las desigualdades sean valoradas y tuteladas efectivamente.

Según constata la vicedecana del Colegio de Abogados de Madrid, las víctimas siguen sin ser conscientes de sus derechos y el porcentaje de denuncias sigue siendo sistemáticamente bajo. Los delitos racistas motivados por el odio contra migrantes y solicitantes de asilo se han incrementado en todos los Estados miembros de la Unión Europea y, desgraciadamente, los autores de estos delitos motivados por el odio no pasan a disposición judicial.  

A lo largo de los últimos cuatro años, se han celebrado seis mesas de trabajo en las que han participado numerosos colectivos para alcanzar acuerdos sobre las actuaciones necesarias que garanticen la máxima protección y defensa de las víctimas, como ACCEM, ARCOPOLI (Asociación LGTB de la Comunidad de Madrid), CEAR, CEPAIM, Colegio de Procuradores de Madrid, Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), Movimiento contra la Intolerancia, Fiscalía Provincial de Madrid, Fundación Secretariado Gitano, Movimiento por la Paz, Policía Local de Fuenlabrada, Red Acoge, Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, SOS Racismo y muchas otras. Mujeres en Igualdad participó en el sexto encuentro.  

¿Qué demandas os han transmitido las asociaciones? Algunas reclaman una ley integral…

Uno de los objetivos de la Mesa de discriminación y de delitos de odio es, precisamente, detectar las necesidades de las víctimas desde la perspectiva de entidades y asociaciones que trabajan con cada uno de los colectivos vulnerables. Se ha puesto de manifiesto el problema de la infradenuncia y se han analizado las causas, concluyendo que las víctimas no son conscientes en muchos casos de su condición de tales porque normalizan e interiorizan las agresiones que sufren y desconocen sus derechos y tienen un sentimiento de abandono por la sociedad y falta de confianza en las instituciones que se concreta en que no denuncien; creen que no servirá de nada. Es imprescindible una adecuada formación y sensibilización de todos los intervinientes en el proceso de atención y defensa de las víctimas, así como el establecimiento de  protocolos para el trabajo en red que garantice una protección y defensa integral. Las fuerzas y cuerpos de seguridad deben hacer un esfuerzo por reflejar el motivo prejuicioso en los atestados a los que den lugar las denuncias para que estos delitos no se diluyan en tipos penales no agravados cuando el motivo de la agresión es el odio al colectivo vulnerable.

Se han detectado otros muchos  problemas, como la necesidad de intervención de traductores cualificados con una formación integral que garantice la protección a la víctima y que las administraciones no pongan límites a que las víctimas dispongan de este servicio cuantas veces sea necesario. Se ha constatado, en ocasiones, un déficit de formación específica de los traductores y la ausencia de conocimientos de lenguas y dialectos que utilizan muchas de las víctimas.

También se reclama desde los distintos colectivos la aprobación de una Ley Integral de ámbito estatal que suponga la constatación y el reconocimiento de la existencia de una realidad social, de un verdadero problema como es la discriminación de determinados colectivos atentando contra sus derechos más básicos y contra la dignidad de la persona, y que articule las herramientas necesarias para prevenir esas situaciones y erradicar las desigualdades de trato. Somos partidarios de una Ley única de carácter transversal, que recoja todas las posibles situaciones de discriminación y de desigualdad de trato con independencia del colectivo susceptible de sufrirlas, sin que nadie pueda quedar excluido.

 

Mesas de Trabajo Permanente sobre delitos de odio y discriminación

 

Se está disparando el discurso de odio, hate speech, y los medios mayormente empleados en el año 2017 fueron Internet (36,5%) y las redes sociales (17,9%). ¿Lo habéis detectado?

El discurso de odio es una conducta orientada hacia la discriminación sectaria frente a grupos vulnerables. No se sancionan las meras ideas u opiniones, sino las manifestaciones de odio que denotan desprecio hacia otro ser humano perteneciente a un grupo vulnerable.

La libertad de expresión es un pilar básico del Estado democrático, pero no es un derecho absoluto. Está limitado por el respeto a los derechos reconocidos en el Título Primero de la Constitución. En caso de conflicto procederá hacer una adecuada ponderación de los bienes jurídicos en liza, en función de las circunstancias concurrentes.

Internet y el teléfono móvil son un medio habitual para difundir discursos de odio, las redes en general han potenciado su difusión.

 

En el Colegio de Abogados de Madrid también se organizan jornadas, por ejemplo, sobre los delitos de odio cometidos contra la libertad religiosa o aulas de debate que analizan cómo delimitar el derecho a la libertad de expresión.

De hecho, forma parte de la iniciativa Pacto de Convivencia, una plataforma surgida en la Universidad Autónoma de Madrid y constituida "con el fin de consensuar e implementar propuestas encaminadas a fortalecernos como sociedad frente al proceso de radicalización creciente". Está integrada por: Arzobispado de MadridColegio Oficial de Psicólogos de MadridComisión Islámica de EspañaCoordinadora de Organizaciones de Cooperación para el Desarrollo, Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y Discriminación, Crue Universidades EspañolasDiaconía EspañaFederación de Comunidades Judías de EspañaFederación de Entidades Religiosas Evangélicas de EspañaIlustre Colegio de Abogados de MadridMovimiento contra la Intolerancia y la Plataforma del Tercer Sector

El objetivo es llegar a pactos, discursos y narrativas desde el más absoluto respeto y reconocimiento al otro. En el núcleo de los delitos de odio y en la discriminación está instalada la falta de reconocimiento al otro, al que es diferente a mí. 

En otro orden de cosas, pero íntimamente relacionado con la lucha contra la discriminación, el Colegio de Abogados de Madrid ha aprobado su primer Plan de Igualdad de Género el pasado mes de febrero.

Otra de las prioridades de la Junta de Gobierno son la igualdad y la diversidad, que se han materializado en el I Plan de Igualdad de Género.  

El documento aprobado contempla 17 medidas tendentes a evitar la discriminación por razón de género tanto a nivel interno de la Corporación en relación a su plantilla como a nivel  externo en el ámbito de la Abogacía y el sector legal.

Ángela Cerrillos destaca alguna de las medidas contenidas en el documento, como es el cambio de nombre de la Institución, que pasará a denominarse Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, iniciativa que deberá ser aprobada por la Junta General del Colegio. También se han equiparado los permisos de maternidad y paternidad en la plantilla, reconociendo a los empleados del ICAM los mismos derechos que la legislación laboral vigente prevé para las empleadas a consecuencia de su maternidad, medida que ya es efectiva y de plena aplicación en el convencimiento de que la igualdad efectiva nunca podrá ser una realidad si no existe un compromiso por la corresponsabilidad en las obligaciones familiares. En el Plan de Igualdad también se contempla la implantación del uso ordinario de un lenguaje inclusivo y no discriminatorio en las comunicaciones verbales o escritas, o la creación de la sección de Igualdad, una iniciativa ya en marcha y que aspira a liderar los cambios legales necesarios para lograr una igualdad efectiva. 

Para extender el alcance de esta iniciativa al ámbito de la Abogacía y al sector legal en general, el ICAM otorgará un Sello de Buenas Prácticas en Igualdad entre Hombres y Mujeres, que distingue a despachos y departamentos jurídicos de empresa que mantengan una correcta relación en materia de igualdad con las letradas y los letrados que trabajen en el mismo. Ha sido una iniciativa pionera en España. Además, se establecerán premios anuales para reconocer el compromiso con la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y se promoverán acciones en colaboración con la Administración de Justicia para favorecer la conciliación y un reparto equilibrado de las responsabilidades familiares.

El próximo reto del Colegio es la creación e implementación de un Plan de fomento de la diversidad e inclusión con la finalidad de crear conciencia sobre la diversidad. "Para poder avanzar es necesario que acojamos y que incluyamos las diferencias desde dentro de las organizaciones como mensaje hacia el resto de la sociedad. La cohesión social, el reconocimiento del otro, el fomento de la cultura de paz son responsabilidad de todos".

Encuentros 'Doy la cara contra la discriminación'.

Ana G. Arias

 

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