La ONG Generando Igualdad se incorpora al programa 'Espacios Laborales Igualitarios'

El objetivo del programa ELI es prevenir el acoso sexual, mobbing maternal y acoso por razón de sexo en las organizaciones laborales
24/06/2020

 

La organización Generando Igualdad, asociación sin ánimo de lucro creada en el año 2000 para trabajar por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y referente en Madrid en la lucha contra la violencia de género, acaba de incorporarse a nuestro programa Espacios Laborales Igualitarios, que persigue la prevención del acoso sexual, mobbing maternal y acoso por razón de sexo.

¡Bienvenidas!

Este proyecto, dirigido por María García Sánchez, comprende la formación, capacitación y sensibilización a través de asistencia técnica y asesoramiento individualizado y personalizado para que pymes, micropymes y ayuntamientos madrileños implanten medidas y protocolos de actuación y prevención de estos tipos de acoso. 

enlightened Recuperamos este reportaje de 2018 para que conozcas con más detalle el trabajo de Generando Igualdad y sus canciones solidarias. 

 

 

yes ¿QUIERES QUE SE INCORPORE AL PROGRAMA TU ORGANIZACIÓN LABORAL? Escríbenos aquí. 

 

         

 

 

Puedes consultar las últimas informaciones y sentencias sobre acoso sexual y por razón de sexo en esta sección de nuestra web (Actualidad)

 

 

enlightened¿Está sancionado el acoso sexual y por razón de sexo?

 

Sí. El acoso sexual y por razón de sexo, así como todo trato desfavorable relacionado con el embarazo, la maternidad, paternidad o asunción de otros cuidados familiares se considera discriminatorio y está expresamente prohibido por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el resto del ordenamiento jurídico.

Tanto el Estatuto de los Trabajadores, como el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social consideran el acoso sexual y por razón de sexo como infracción muy grave, pudiendo ser causa de despido disciplinario de la persona acosadora y causa justa para que la víctima solicite la resolución del contrato de trabajo. 

El acoso sexual puede además ser constitutivo de delito conforme a lo previsto en Código Penal con pena de prisión o multa.

 

yes Programa subvencionado por la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid.

 

 

 

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