El Consejo de Ministros aprobó el 19 de Febrero de 1988 un Real Decreto (Real Decreto-ley 1/1988, de 22 de febrero, por el que se regula la incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas) por el que se regula la incorporación a las mujeres a las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con estas previsiones procede iniciar el programa de incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas, regulando sin demora su acceso a determinados Cuerpos y Escalas militares. La incorporación de los demás Cuerpos de los Ejercitos se hará de una forma progresiva a medida que se vayan efectuando adaptaciones de diversa índole que, al tiempo que aseguren la adecuada integración, permitan mantener el normal desarrollo de las funciones que las Fuerzas Armadas tienen encomendadas.
De otro lado, la programación de las convocatorias de los procesos selectivos para el ingreso en la profesión militar durante el año 1988, y la necesidad de dar respuesta a la demanda social, justifican la urgencia de acudir al empleo del Real Decreto-ley, en los terminos que autoriza la Constitución.
El acceso de la mujer a las pruebas de selección para el ingreso en los Cuerpos y Escalas militares no citados en los artículos anteriores, se efectuará una vez realizadas las necesarias adaptaciones organizativas y de infraestructura en las Fuerzas Armadas.
De esta manera, España pasa a situarse a la cabeza de los países europeos, pues son muy pocos los ejércitos que permiten la incorporación de la mujer.
25 años más tarde la mujer está incorporada en igualdad de condiciones en las Fuerzas de Seguridad del Estado.