Todas las mujeres maltratadas de la UE tendrán cobertura civil y penal

El Parlamento Europeo amplía la euroorden
EUROPAPRESS.ES-22/05/2013

El Parlamento Europeo ha dado este miércoles su respaldo a la ampliación de disposiciones de la euroorden de protección a mujeres víctimas de violencia de género que los 27 acordaron el pasado marzo para extender su cobertura a las medidas civiles y no solo las penales, lo que garantiza que todos los Estados miembros quedan cubiertos.
 
El objetivo de la euroorden es que cualquier medida de seguridad dictada por un Estado miembro para proteger a una persona amenazada, por ejemplo una orden de alejamiento para un maltratador, se ejecute también automáticamente en cualquier otro país de la UE al que la víctima se traslade. Si el agresor la incumple, el país encargado de ejecutarla impondrá sanciones penales o de otro tipo.
 
El pasado año, la Unión Europea acordó esta protección para todas las órdenes dictadas por un juez penal, pero ahora se crea un mecanismo automático de reconocimiento por todos los países de las órdenes civiles, que son las que se utilizan en algunos países como Luxemburgo, frente a la orden penal que se emplea en España y otros.
 
El eurodiputado del Partido Popular Antonio López-Istúriz, ponente en la Eurocámara sobre este asunto, ha celebrado el voto favorable de este miércoles porque supone un "avance sustancial en la protección de los ciudadanos que sufren delitos, en particular de las víctimas de la violencia de género y de los niños".
 
"La creciente movilidad de los europeos entre Estados miembros hace necesario establecer mecanismos legales que garanticen su protección cuando sea necesario", ha añadido el eurodiputado 'popular', para quién esta iniciativa demuestra que "las instituciones europeas dan respuesta a las necesidades concretas de los ciudadanos".
 
Así, las víctimas tendrán que recibir en el país de la UE en el que se encuentren las mismas medidas de protección concedidas por su Estado miembro de origen, entre ellas medidas como la prohibición al agresor de la entrada en el lugar en el que la persona protegida reside o trabaja. También se deberá cumplir la prohibición al agresor de cualquier tipo de contacto con la persona protegida (incluidos los contactos telefónicos, por correo electrónico o postal, o por fax) y de cualquier acercamiento a la persona protegida a una distancia menor de la prescrita.
 
La UE también prevé la creación de un certificado normalizado y multilingüe que se transmitirá automáticamente entre el Estado emisor y el Estado de reconocimiento.

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