El fiscal rebajó a una cuarta parte, de dos años a seis meses, la pena de prisión solicitada a un procesado por violencia de género, al aplicar la atenuante de «arrepentimiento, profundo y sincero». La mujer permaneció durante 45 días de baja impeditiva para desarrollar una vida normal. El abogado del agresor, que tras golpear a su expareja llamó al hijo de ambos y le espetó «baja que la he pegado una panadera», consiguió que el fiscal sólo exigiera en el Juzgado de lo Penal una condena por lesiones, y que retirase los cargos por vejaciones al estimar que los insultos que dirigió a la víctima, «hija de puta» y «gilipollas», no eran tales.
Los hechos se produjeron en noviembre del año 2009, en un bar de la comarca de Benavente que regentaba el hombre, cuando ella le recriminó alguna conducta y el imputado comenzó a insultarla antes de propinarle golpes, con los que la empotró contra las cámaras frigoríficas del establecimiento hostelero, según se relató ayer en el Juzgado de lo Penal. El acuerdo alcanzado entre las partes permitió al hombre eludir los dos años de prisión que la Fiscalía había exigido inicialmente, cuando el Juzgado de Primera Instancia decidió abrir juicio oral por violencia de género.