El consentimiento sexual, en manos del juez

LARAZON.ES-20/09/2013-B.V.CONQUERO/J.V.ECHAGÜEA

Por fin, tras varios meses anunciando la medida, hoy el Consejo de Ministros aprobará el nuevo Código Penal que protege especialmente a los menores y a las víctimas de abusos, tanto de violencia de género como de trata. La edad de consentimiento sexual que, hasta hoy, se fija en los 13 años –una de las más bajas de Europa– aumenta hasta los 16. Es una de las principales medidas ya que es una modificación demandada por todos los grupos políticos pero que hasta ahora no se había plasmado en nuestra legislación. Así, se modifica el artículo183 del Código Penal vigente que determinará las penas que conllevará tener relaciones sexuales con un menor de 16 años que pueden ir de dos a 12 años de cárcel, dependiendo del grado de violencia. Con todo, el texto contará con una excepción por debajo de esta edad: no será delito si el adulto es «una persona próxima a la víctima por edad, grado de desarrollo o madurez». En principio, este reglamento no detallará cuáles son esos grados de proximidad. De hecho, y en el caso de que se produzca una denuncia, deberá ser el juez quien valore si se está produciendo un delito o no.

La falta de determinación de qué se considera un menor maduro deja en manos de los magistrados esta decisión que éstos no ven con buenos ojos. «Es un precepto inaplicable», sostiene rotundo el juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, al que tampoco le parece adecuado elevar tres años la edad de consentimiento sexual. Serán los jueces los que valorarán el contexto de la relación y decidirán su idoneidad o no. «Se ha de seguir siempre la mayor concreción en preceptos punitivos y sobre todo en temas tan delicados como éstos», apunta José Joaquín Gallardo, decano de los jueces de Sevilla. El magistrado tiene claro que debe velarse siempre por la protección de los menores y que «los tribunales serán los encargados de preservar que no se engañe al menor». Eso sí, para ello tendrán que «recurrir a psicólogos y valorar las circunstancias fácticas que componen la relación», sostiene Gallardo. Y es que, como apunta el experto, el texto no permite dejarle «esta decisión a otra persona que no sea el juez».

Una de las asociaciones que más ha peleado para que se eleve la edad de consentimiento es Unicef. «Nos parece muy positivo», insiste Marta Arias, directora de Sensibilización y Políticas de Infancia de esta asociación, que fue una de las que también apoyó la necesidad de introducir un margen para las relaciones entre adolescentes: «El Comité de Derechos del Niño incluyó en su último informe la necesidad de valorar el grado de madurez del niño, aunque en algunos países optan por fijar un margen de edad. Creo que la decisión de valorar el desarrollo del menor es la mejor opción». Eso sí, aunque «no hay una solución ideal», tiene claro que «no se darán muchos casos en los que el juez tenga que determinar el grado de desarrollo». En lo que también coincide con los jueces es en la necesidad de «contar con profesionales especializados que les ayuden a establecer el grado de madurez». La decisión de elevar a 16 años el consentimiento sexual «debe estar armonizada con la edad mínima para contraer matrimonio», insiste Arias, pero como este término lo regula el Código Civil aún se mantendría en 14, aunque el Gobierno también ha asegurado que se subirá hasta los 16.

El nuevo Código Penal, como ya adelantó LA RAZÓN el pasado mes de julio, también modificará varios aspectos relativos a la violencia de género que, al igual que los artículos que afectan a menores, también se han coordinado entre las carteras de Mato y de Ruiz-Gallardón. Las mujeres que hayan sufrido malos tratos podrán contar con una medida de seguridad como es la libertad vigilada de su maltratador. Así, la nueva normativa incluye la posibilidad de que el juez extienda esta medida si, entre otras circunstancias, «existe pronóstico de peligrosidad». Entre los nuevos delitos se incluirá la manipulación de las pulseras telemáticas o el hostigamiento y acecho. Las víctimas de trata también estarán más protegidas gracias a la modificación de algunos artículos ya que se especifica el concepto de «víctima vulnerable» que incluye a las mujeres que padecen alguna enfermedad, están embarazadas, son menores o sufren alguna discapacidad.

Divulgar imágenes íntimas pasa a ser delito

Casos como el sufrido por la ex concejala socialista Olvido Hormigos pasarán a ser castigados por el nuevo Código Penal. Fue uno de los temas candentes del pasado año: Hormigos envió a un tercero un vídeo erótico protagonizado por ella misma a través de un servicio de mensajería móvil –práctica conocida como «sexting»– y que luego fue difundido por todo el ciberespacio. Hasta ahora, el Código sólo penaba el apoderamiento y la interceptación de cartas o mensajes privados de la víctima, pero sin prever qué ocurría cuando ella era misma quien los había facilitado. Ahora, la Ley castiga la divulgación de imágenes o grabaciones íntimas sin consentimiento cuando afecten gravemente a su intimidad. Una situación, además, que sufren muchos menores en nuestro país.

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